STS, 14 de Marzo de 1997
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Frases clave
“ el primero de sus motivos, por infracción de ley y al amparo del artículo 489,1°, de la L.E.Cr., lo es por violación del artículo 8,4°, en relación con el artículo 9,1°, del C.P. en cuanto a la aplicación indebida de la eximente incompleta de legítima defensa. ”
“ No puede ponerse en entredicho la existencia de la agresión ilegítima de que fue objeto la acusada, y ello sin previa provocación de clase alguna por su parte que motivase aquélla, agresión repetida y reiterada, golpes propinados por su oponente ante su negativa a acceder a la imposición de que subiera con él al piso, arrojando a Angelinaal suelo y tirándole del cabello; tales acometimientos cobran especial significación atendiendo a los malos tratos que la acusada venía padeciendo desde tiempo antes por parte de Jesús Luis. ”
Extracto
STS, 14 de Marzo de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 1, 3, 4, 8, 9, 19, 51, 101, 407, 420, 421
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 1, 4, 489, 849, 884
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos - Artículo 14