STS, 22 de Marzo de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ es patente la capacidad decisoria de los miembros del Jurado, que viendo y oyendo todas las aclaraciones y manifestaciones de los Doctores, en el posterior debate entre ellos alcanzaron la opinión mayoritaria --siete frente a dos-- de no estar gravemente disminuida su capacidad de querer, y al conducirse de este modo, lejos de incurrir en arbitrariedad evidenciamos un juicio crítico concreto en ese sentido, en igualdad de condiciones a como se conducen los Jueces técnicos. ”
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Extracto
STS, 22 de Marzo de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 9
- Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo)
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 20, 21, 68
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 841, 849, 901
- STC 76/1986, 9 de Junio de 1986