STS, 1 de Abril de 1995

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Resumen


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Frases clave


La sentencia que puso fin al proceso penal nada dijo respecto de la nulidad de la hipoteca, y nada podía decir porque nadie lo había pedido. De haber querido que así sucediera, hubiera sido necesario traer al proceso a las partes afectadas por dicha pretensión, pues en otro caso, el pronunciamiento respecto de terceros no incorporados al proceso, a estos efectos hubiera sido nulo de pleno derecho. Es más, si ello es predicable de cualquier relación jurídica, lo es en mayor medida, si cabe, cuando se trata de una hipoteca inmobiliaria, institución destinada a ordenar, bajo unas fundamentales estructuras y principios, la seguridad y certeza del tráfico de inmuebles.

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Extracto


STS, 1 de Abril de 1995

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