STS, 18 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ La Sala no puede entrar a conocer sobre el fondo, cuando los posibles matices diferenciales entre las sentencias comparadas, puedan justificar diversidad en las respuestas judiciales. Así ocurre en el caso enjuiciado, en el que existe una diversidad de hechos entre ambas resoluciones comparadas. En la sentencia de contraste coexiste, con la ceguera, una seria dificultad de deambulación que la Sala estima determinante de la concesión del grado de gran invalidez. En el caso hoy sometido a nuestro conocimiento, el actor, prácticamente ciego, no presenta dificultad fisiológica para la deambulación. Son situaciones similares, pero que no pueden ser calificadas como sustancialmente iguales ”
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Extracto
STS, 18 de Junio de 2001
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