STS 100/1999, 13 de Febrero de 1999
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Resumen
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Frases clave
“ en el presente caso, es evidente que, seguido el juicio por los trámites del declarativo ordinario de menor cuantía, los mismos que habrían de haberse observado en una correcta aplicación del art. 1088 citado, no se ha producido ninguna merma de las garantías procesales que amparan el derecho de defensa de la recurrente que ha tenido oportunidad de hacer valer su oposición al cuaderno particional del contador dirimente y de utilizar todos los medios de prueba pertinentes, al igual que si el actual procedimiento se hubiera seguido como continuación de la ejecución de la sentencia de divorcio. Por todo ello procede desestimar ”
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Extracto
STS 100/1999, 13 de Febrero de 1999
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 1252, 1404
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 238, 240
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 359, 523, 533, 1084, 1086, 1088, 1692, 1715
- STC 155/1988, 22 de Julio de 1988
- STC 101/1989, 5 de Junio de 1989