STSJ Galicia , 17 de Junio de 2005

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Resumen


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Frases clave


2.- La consecuencia de lo anterior es que habrá de corresponder al empresario -Banco Popular Español, SA- demostrar que la decisión de no abonar el complemento variable ha respondido criterios plenos de razonabilidad y proporcionalidad y absolutamente ajenos a todo propósito atentatorio de derechos fundamentales (libertad sindical), y la única forma de haberlo hecho habría sido justificar debidamente las puntuaciones que se les otorgaron a ambos en el "Informe de evaluación del desempeño por competencias

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Extracto


STSJ Galicia , 17 de Junio de 2005

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