STS 938/2000, 13 de Octubre de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ En un sistema democrático como el que consagra la Constitución Española, la pertenencia a partidos políticos constituye un derecho y una realidad, pero ello no comporta que vaya a ser premiada tal participación con la atribución de encargos u obras municipales, ni en ventajas semejantes en contra de la legalidad y del Derecho, porque ello supone un claro supuesto de prevaricación que afecta, no sólo a los miembros de la Corporación Municipal otorgante, sino incluso a los destinatarios de la obra o encargo a quienes se niega todo mérito o competencia profesional y se explica la atribución por el amiguismo y el enchufe. ”
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Extracto
STS 938/2000, 13 de Octubre de 2000
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Documentos citados
- Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen (Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo) - Artículo 7
- Constitución Española de 1978
- Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona (Ley 62/1978, de 26 de diciembre)
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 1692