STS, 23 de Julio de 2001

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Frases clave


El citado artículo 93.2.a) de la Ley Jurisdiccional exceptúa del recurso de casación las sentencias que se refieran a cuestiones de personal al servicio de la Administración Pública, salvo que, estrictamente, afecten a la extinción de la relación de servicio de los que ya tuvieren la condición de funcionarios públicos

Extracto


STS, 23 de Julio de 2001

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