STS, 19 de Mayo de 2008

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Resumen


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Frases clave


Y las expectativas no son derechos y no pueden, por tanto, ser objeto de expropiación. Por lo demás, el régimen jurídico de los funcionarios públicos en la medida en que está definido por la Ley puede experimentar variaciones cuando el legislador considere necesario introducirlas. La doctrina del Tribunal Constitucional y la jurisprudencia de esta Sala en las Sentencias invocadas por el Abogado del Estado son suficientemente explícitas sobre el particular.

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Extracto


STS, 19 de Mayo de 2008

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