STS, 1 de Marzo de 2001

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Frases clave


Hemos de concluir, pues, declarando que al aprobar un Texto Refundido en el que deroga o considera derogado el artículo 109.1 de la Ley 22/1987, por lo que se refiere al derecho exclusivo de los productores de fonogramas sobre la comunicación pública de éstos, el Gobierno hizo un uso indebido (ultra vires) de la delegación legislativa que le había sido conferida.

Extracto


STS, 1 de Marzo de 2001

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