STS, 5 de Diciembre de 2000

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Frases clave


En consecuencia, en aquellos casos en que por haberse pactado la entrega de la indemnización en plazos, hasta que no se termine de abonar en el último de ellos la referida indemnización, no le resulta posible a la empresa completar la documentación ni podría pretender del Fondo el abono de las correspondientes cantidades, pues vería rechazada su pretensión por esta causa.

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Extracto


STS, 5 de Diciembre de 2000

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