STS, May 12, 1997

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En los razonamientos que preceden se ha aclarado que se da la contradicción de sentencias invocada por el recurrente y opuesta por la contraparte. Pero se ha visto además que la sentencia recurrida incurre en las infracciones legales que acusa el INSS en su recurso. Cabe añdir a lo antes dicho que el Real Decreto-ley 18/1993, de 3 de diciembre, derogó, entre otros preceptos, el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores; y que si bien el Real Decreto-ley 18/1993, de medidas urgentes de fomento de la ocupación, fue derogado por la Ley 10/1994, de 19 de mayo, también de medidas urgentes de fomento de la ocupación, el artículo 4.3 de dicha Ley 10/94 dispone que "La base de cotización a la Seguridad Social y demás aportaciones que se recauden conjuntamente con aquélla estará constituida por las retribuciones efectivamente percibidas en función de las horas trabajadas"

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STS, May 12, 1997

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