STS, 6 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Unicamente se ha venido admitiendo que si las viviendas, ya construidas, se encuentran únicamente pendientes de ocupación material por parte de sus titulares, puedan éstos ser incluidos en el cómputo de los dos mil residentes necesarios para que la apertura de la farmacia sea autorizada, atendiendo al carácter inmediato de su establecimiento en el lugar. ”
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Extracto
STS, 6 de Junio de 2001
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Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 37, 93, 96, 102
- Código Civil - Artículo 3
- STSJ Navarra , 7 de Octubre de 1995
- STS, 17 de Julio de 1991
- Real Decreto 1304/1978, de 14 de abril, </strong>por el que<strong> se reconocen efectos civiles a los estudios cursados en la Escuela Universitaria de Enfermería de la Universidad de Navarra. - Artículo 3