STS, 16 de Enero de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ Las pruebas documentales han de solicitarse y obtenerse dentro de los plazos estipulados al efecto; pero cuando la aportación en tiempo no ha resultado posible por la inactividad del organismo oficial capacitado para expedir la certificación que puede evidenciar el error de apreciación en la resolución que se trata de revisar, cabe acudir al procedimiento extraordinario del artículo 118.2ª de la Ley 30/90, que es el correctamente intentado en este caso por la parte actora. ”
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Extracto
STS, 16 de Enero de 2002
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 95, 118
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 102
- Real Decreto por el que se dictan normas sobre ordenación de la Cruz Roja Española. - Artículo 3