STS, 16 de Abril de 2001

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En el supuesto que examinamos, en el que se han producido pluralidad de resultados, al haberse ocasionado la muerte de uno de los ocupantes del vehículo y heridas graves a otro, como consecuencia del mismo accidente provocado por la negligente conducción del acusado, se ha producida un concurso de infracciones imprudentes, y al haberse presentado en unidad de acción, surge un concurso ideal que deberá sancionarse conforme se previene en el Código Penal, es decir, se impondrá la pena correspondiente a la infracción más grave en su mitad superior. En este caso el homicidio por imprudencia simple que está penado en el artículo 621.2 con multa de uno a dos meses, siendo, por consiguiente, procedente la pena ya impuesta en la instancia de cuarenta días de multa.

Extracto


STS, 16 de Abril de 2001

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