STS 493/2008, July 09, 2008

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la sentencia, aunque de forma escueta, explica de manera clara, comprensible y suficiente la existencia de un delito de falsedad en documento mercantil, librando una letra de cambio que no respondía a negocio jurídico causal alguno. Pero las consecuencias de esta primera actividad delictiva no se quedan en el mero efecto falsario sino, como se dice para justificar la condena por estafa, el efecto cambiario fue presentado a descuento, lo que produjo un beneficio económico ilícito y fraudulento, que no puede ser discutido. Su consumación se produjo al ingresar dicha cantidad en una cuenta cuyo titular era el hijo del acusado.

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