STS 1649/2000, 28 de Octubre de 2000
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Frases clave
“ beneficio del reo deben calificarse como complementos del relato fáctico incluidos en la fundamentación jurídica, ha de concluirse que no concurre el elemento típico consistente en que la falsedad se hubiese cometido de manera que "induzca a error" sobre la autenticidad (Artículo 390.2° del Código Penal) pues los destinatarios de la documentación no fueron inducidos a error alguno al utilizarse los justificantes como mera cobertura pactada de un cambio en el sistema de percepción de dietas impuesto por la Administración a los acusados. ”
Extracto
STS 1649/2000, 28 de Octubre de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.2
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 390
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 2, 390, 392
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849
- STS, 28 de Octubre de 1997