STS, 22 de Enero de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ un informe caligráfico puede estimarse medio probatorio adecuado para acreditar que las firmas obrantes en un determinado documento se estamparon al mismo tiempo, pero ello es cosa distinta de probar la fecha en que el documento de referencia fue extendido, que es lo verdaderamente importante a los efectos de esta causa. De otra parte, la afirmación del perito que valoró la avioneta es algo que corresponde apreciar al Tribunal sentenciador. En todo caso, es notorio que, en el mundo del automóvil, las valoraciones periciales -tanto a efectos de los correspondientes seguros, como en orden a los precios de venta de vehículos usados- suelen atender fundamentalmente a la marca, modelo y fecha de matriculación el vehículo. ”
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Extracto
STS, 22 de Enero de 1996
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 9, 24, 25
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 2, 9, 112, 268, 302, 303, 528, 529, 531, 532, 564
- Código Civil - Artículos 1249, 1253, 1373, 1377, 1378
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 416, 741, 789, 790, 840, 849, 850, 851, 884, 885