STS, 24 de Enero de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ en el presente caso, concurren los requisitos precisos para la comisión del delito de falsedad en documento oficial: a) la condición de funcionario público en el sujeto activo; b) la de abuso de su oficio; c) la falta de verdad de lo reflejado en los documentos; y e) el carácter oficial de éstos. Las falsedades, en todo caso, afectaban a elementos esenciales de dichos documentos: la intervención y firma de uno de los funcionarios que habían de firmar la carta de pago (con la consiguiente falta intervención de uno ellos en el mismo), y la consignación de un acuerdo municipal inexistente, al que se refería la "notificación", y del que era consecuencia la obligación de pagar los correspondientes derechos al Ayuntamiento por la inexistente concesión de la licencia solicitada ”
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Extracto
STS, 24 de Enero de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 9, 302, 318, 403, 528
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 874, 884, 899
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 921
- Ley de Ordenación del Territorio de Galicia (Ley 10/1995, de 23 noviembre)