STS, 14 de Septiembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ que el error que se alegue haber sufrido el juzgador se ponga de manifiesto mediante una prueba genuinamente documental y no de otra clase (testigos, peritos, confesión), cuyo contenido baste para patentizar el error sin necesidad de ser complementada con otras pruebas o mediante complejos razonamientos, así como que lo que del documento se desprenda no haya sido contradicho por otras pruebas cuya resultancia haya preferido acoger el juzgador en su función de valoración conjunta de las mismas y todo ello bajo la condición de que el error que así se acredite afecte a aspectos fácticos relevantes para la solución del caso planteado. ”
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Extracto
STS, 14 de Septiembre de 2001
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