STS, 3 de Marzo de 1997

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Resumen


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Frases clave


No es contradictorio, en suma, el que la jurisdicción laboral impute unos determinados hechos o una actuación incorrecta o desleal, con traducción en la vigencia y perduración de las relaciones laborales, mientras que en el ámbito penal, en el que la exigencia de dolo o culpa es absolutamente insoslayable, tales hechos no se ofrezcan tipificables con la precisión y firmeza exigibles.

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Extracto


STS, 3 de Marzo de 1997

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