STS, 3 de Marzo de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ No es contradictorio, en suma, el que la jurisdicción laboral impute unos determinados hechos o una actuación incorrecta o desleal, con traducción en la vigencia y perduración de las relaciones laborales, mientras que en el ámbito penal, en el que la exigencia de dolo o culpa es absolutamente insoslayable, tales hechos no se ofrezcan tipificables con la precisión y firmeza exigibles. ”
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Extracto
STS, 3 de Marzo de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 117
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 1, 14, 69, 303, 344, 535
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 11
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 1, 741, 849, 884