STS, 2 de Febrero de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ La diferencia fundamental entre ambas es que mientras para las primeras basta que estén destacadas y aceptadas de forma genérica, por lo que es suficiente el consentimiento general del tomador en orden a la conclusión del contrato para la validez y consiguiente oponibilidad, en cambio las lesivas de los derechos del asegurado requieren la aceptación específica y suscripción. Y, por consiguiente, en la consideración de que las dos estipulaciones aquí controvertidas no tienen el carácter de limitativas se pretende que no queden sujetas al régimen jurídico especial del art. 3 LCS. El planteamiento jurídico del recurso debe ser estimado porque armoniza plenamente con la normativa recogida en los artículos 1°, 3°, 27 y 73 de la Ley de Contrato de Seguro. ”
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Extracto
STS, 2 de Febrero de 2001
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Documentos citados
- Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre) - Artículos 1, 3, 27, 73, 76
- Código Civil - Artículo 1288
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 523, 710, 1691, 1692, 1715