STS, October 14, 1997

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Estas diferencias fácticas, consecuentemente, pueden influir en la normativa aplicable, atendido el posible carácter de interinidad o fijeza como se invoca por la Entidad impugnante del recurso y se afirma en la propuesta de desestimación del mismo formulada por el Ministerio Fiscal en su informe. A tales circunstancias de desigualdad pudiera, por último, adicionarse la relativa a las pretensiones, pues el ahora recurrente pedía también subsidiariamente en su demanda la declaración de improcedencia del despido o cese acordado con lo que estaba aceptando un pronunciamiento que ahora, en vía de recurso, pretende rechazar radicalmente.

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