STS 811/1999, 9 de Octubre de 1999
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Frases clave
“ ??es esencial para generar culpa extracontractual, el requisito de previsibilidad, exigencia de previsibilidad que hay que considerarla en la actividad normal del hombre medio con relación a las circunstancias del momento, no en abstracto, en que no puede estimarse previsible lo que no se manifiesta con constancia de poderlo ser.? ”
“ ??en el presente caso, como recoge la sentencia de instancia, no resulta acreditado en la forma terminantemente requerida por la jurisprudencia, la existencia de un nexo causal entre la conducta atribuida a la Compañía Transmediterranea, S.A., la falta de medios en la nave para atender adecuadamente, siquiera con carácter urgente, una incidencia como la sufrida por la esposa del recurrente, y el fallecimiento de la pasajera. La jurisprudencia más moderna viene acogiendo la doctrina de la causalidad adecuada para apreciar si se da o no ese nexo causal entre conducta y resultado, doctrina que exige la determinación de si la conducta del autor del acto es apropiada para la producción de un resultado de una clase dada y determinada y, tan solo en el caso de que la contestación fuera afirmativa, cabría apreciar la existencia de nexo causal para la exigencia de responsabilidad.? ”
Extracto
STS 811/1999, 9 de Octubre de 1999
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