STS, 19 de Noviembre de 2001

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Resumen


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Frases clave


a) cuando la Administración actúa en funciones típicas de la soberanía del Estado, revestida de "imperium", su responsabilidad patrimonial se exigirá en la jurisdicción contencioso-administrativa; b) cuando la Administración, actúe o no con "imperium", es demandada conjuntamente con una persona privada, existiendo un vínculo real, no ficticio, de solidaridad entre ambos, se impone la vis atractiva de la jurisdicción civil.

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Extracto


STS, 19 de Noviembre de 2001

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