STSJ Canarias , December 28, 2004

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secuelas ya no son el riesgo, sino los efectos de su actualización. Por ello, como señala la Sentencia del Tribunal Supremo, lo importante es la relación de causalidad entre la lesión, la enfermedad o el accidente y sus secuelas, no la fecha en que se manifiesten estas, ni mucho menos la de su constatación administrativa -o médica-. La cobertura se establece en función del riesgo asegurado, aunque proteja el daño indemnizable derivado de este que puede manifestarse con posterioridad al siniestro.

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