STS, 12 de Marzo de 2002
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Frases clave
“ El artículo 97.2 de la Ley de la Jurisdicción exige acompañar con el escrito de interposición certificación de las sentencias objeto de contraste haciendo constar expresamente en las mismas su firmeza, requisito este que tampoco se ha cumplido en el presente caso, lo que determina asimismo la inadmisión del recurso por cuanto que en las sentencias incorporadas como anexo al escrito de interposición y numeradas como documentos 3, 5, 6 y 7 se expresa claramente que no son firmes en la certificación correspondiente, y en la que aparece como documento nº 8 se indica que no consta su firmeza ”
Extracto
STS, 12 de Marzo de 2002
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