STS, 17 de Julio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ subsistiendo la acción civil por no haber renunciado a la misma el perjudicado, los órganos judiciales han de proceder a la notificación de la providencia de archivo a los perjudicados aunque no se hubieran personado en el proceso penal, al amparo de las previsiones del artículo 270 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. ”
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Extracto
STS, 17 de Julio de 2001
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