STS, 17 de Julio de 2001

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


subsistiendo la acción civil por no haber renunciado a la misma el perjudicado, los órganos judiciales han de proceder a la notificación de la providencia de archivo a los perjudicados aunque no se hubieran personado en el proceso penal, al amparo de las previsiones del artículo 270 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 17 de Julio de 2001

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento