STS 451/2000, 18 de Abril de 2000

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Frases clave


El primero de los aludidos submotivos (el que acusa a la sentencia recurrida de incongruencia, por no haber resuelto, según dice, la alegada excepción de litisconsorcio pasivo necesario, al no haber sido demandados los llamados "ruteros" o encargados de la realización material de la distribución de los periódicos entre los distintos puntos de venta de los mismos) ha de ser desestimado, por las siguientes razones: 1ª Es reiterada y uniforme doctrina de esta Sala la de que siempre que se estima la acción principal y única ejercitada por el actor en su demanda, se entienden implícitamente desestimadas, por ese mismo hecho, las excepciones aducidas por el demandado que se opongan a la estimación de dicha acción principal (Sentencias de 4 de Octubre de 1985, 20 de Marzo de 1986, 22 de Diciembre de 1989, 30 de Septiembre de 1991, 6 de Octubre de 1992, 11 de Octubre de 1993, 29 de Enero de 1994, 19 de Abril de 1997, 29 de Diciembre de 1999 entre otras muchas).-

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STS 451/2000, 18 de Abril de 2000

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