STSJ Islas Baleares , December 21, 2001
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“ devienen irrelevantes las restantes alegaciones de la recurrente respecto a que "de ser ciertos los criterios de protección invocados en la resolución recurrida, no debería haberse permitido por la misma Consellería, que en la desembocadura del torrente "Es Saluet", se instalasen unas piezas de hormigón para atraque de embarcaciones, lo que demuestra la contradicción de la Administración demandada"; ya que dichas instalaciones, al parecer desmontables, no infringen ni el Plan Director ni la LEN, al no merecer la condición de puertos. Del mismo modo, es irrelevante el argumento de que "la ampliación proyectada aportaría beneficios para la seguridad de las embarcaciones, así como para evitar la degradación derivada del fondeo incontrolado de embarcaciones", ya que aunque ello pueda ser cierto, no sirve para superar los obstáculos legales ya analizados. Por todo ello, debe desestimarse el recurso. ”
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STSJ Islas Baleares , December 21, 2001
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This document cites
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Article 139
- DECRETO 61/1994, de 6 de abril, de
- Ley de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de las Áreas de especial Protección de las Islas Baleares (Ley 1/1991, de 30 de enero)
- Bases para el Establecimiento de Consorcios por la Comunidad Autónoma de La Rioja en Aplicación de la Ley de Montes de 8 de junio de 1957 de La Rioja (Decreto 4/1986, de 31 de enero)