STS, 19 de Septiembre de 1994
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Resumen
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Frases clave
“ Basta dejar todo ello constatado, tener por reproducidos cuantos fundamentos contienen tales sentencias y reiterar, una vez más, la conclusión de las mismas: que los trienios cumplidos por el personal estatutario de la Seguridad Social con anterioridad al sistema retributivo que para él establece el Real Decreto-Ley 3/1987 no actualizan su cuantía con el incremento que establecen las Leyes de Presupuestos. ”
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Extracto
STS, 19 de Septiembre de 1994
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Documentos citados
- Real Decreto-Ley 3/1987, de 11 de Septiembre, sobre Retribuciones del Personal estatutario del Instituto nacional de la Salud. - Artículo 2