STS 470/2000, 13 de Marzo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ En el presente las manifestaciones que hizo el acusado a su deudora sobre sus relaciones con el banco no tenían porqué parecer sospechosas de falsedad e implausibles a la persona a que se dirigieron, de la que no constan datos de que fuera especialmente conocedora de las formas de operar los bancos y, además, el ofrecimiento y entrega por el agente de recibos de las cantidades que había de pagar por las letras dió a la víctima una apariencia de mayor seriedad, por lo que se debe apreciar existió engaño bastante, antecedente y causante de los pagos realizados por la perjudicada y, en definitiva, procede la desestimación del motivo. ”
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Extracto
STS 470/2000, 13 de Marzo de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.2
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 248 249
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 248, 249, 528
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 921