STS, 18 de Junio de 2001

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Frases clave


el derecho fundamental a obtener la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 C.E. comporta la exigencia de que en ningún momento pueda producirse indefensión, lo que significa "que en todo proceso judicial debe respetarse el derecho a la defensa contradictoria de las partes contendientes mediante la oportunidad de alegar y probar procesalmente sus derechos o intereses"

Extracto


STS, 18 de Junio de 2001

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