Circular 3/2014, de 30 de julio, del Banco de España, a las entidades de crédito y sociedades y servicios de tasación homologados, por la que se establecen medidas para fomentar la independencia de la actividad de tasación mediante la modificación de las Circulares 7/2010, 3/1998 y 4/2004, y se ejercitan opciones regulatorias en relación con la deducción de activos intangibles mediante la modificación de la Circular 2/2014.
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Circular 3/2014, de 30 de julio, del Banco de España, a las entidades de crédito y sociedades y servicios de tasación homologados, por la que se establecen medidas para fomentar la independencia de la actividad de tasación mediante la modificación de las Circulares 7/2010, 3/1998 y 4/2004, y se ejercitan opciones regulatorias en relación con la deducción de activos intangibles mediante la modificación de la Circular 2/2014.
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Afectaciones
MODIFICA
- Circular 7/2010, de 30 de noviembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre desarrollo de determinados aspectos del mercado hipotecario.
- CIRCULAR NUMERO 3/1998, de 27 de enero, del banco de espaÑa, a sociedades y servicios de tasacion homologados, sobre informacion a rendir al banco de espaÑa.
- Circular 4/2004, de 22 de diciembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros.
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CORREGIDA por
Documentos citados
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículo 42
- CIRCULAR NUMERO 3/1998, de 27 de enero, del banco de espaÑa, a sociedades y servicios de tasacion homologados, sobre informacion a rendir al banco de espaÑa.
- ORDEN ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras. - Artículo 2
- Circular 4/2004, de 22 de diciembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros.
- Ley de regulación del Mercado Hipotecario (Ley 2/1981, de 25 de marzo) - Artículo 3