STS 966/1996, 11 de Noviembre de 1996

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Resumen


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Frases clave


la dualidad de errores alegados en la demanda que nos ocupa, carece de fundamento convincente, pues, como bien se observa en el dictamen fiscal, se pretende calificar como error judicial lo que es una mera discrepancia entre las sentencias recaídas en primera y segunda instancia, siendo ésta, revocatoria de aquella y que, lógicamente, pudo partir de distintas apreciaciones fácticas y jurídicas, y, por otro lado, no cabe entender que la Audiencia aceptase los hechos declarados probados en la instancia, al ser de resaltar la evidencia de que se limitó a aceptar los "antecedentes" de hecho consignados en la sentencia del Juzgado, en los que se resumió la demanda y la contestación, así como la tramitación del procedimiento, y, por lo demás rechazó expresamente los fundamentos de derecho, uno de los cuales es el ahora contrapuesto por el Sr. Marcelinopara configurar un error judicial, a todas luces inexistente, como pusieron de manifiesto el Sr. Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal.

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Extracto


STS 966/1996, 11 de Noviembre de 1996

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