REAL DECRETO 168/2004, de 30 de enero, por el que se regulan las condiciones para la declaración de la equivalencia entre determinados títulos en materia de educación social y el título oficial de Diplomado en Educación Social establecido por el Real Decreto 1420/1991, de 30 de agosto.
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REAL DECRETO 168/2004, de 30 de enero, por el que se regulan las condiciones para la declaración de la equivalencia entre determinados títulos en materia de educación social y el título oficial de Diplomado en Educación Social establecido por el Real Decreto 1420/1991, de 30 de agosto.
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- Real Decreto 1339/2007, de 11 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 168/2004, de 30 de enero, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia entre determinados títulos en materia de educación social y el título de Diplomado en Educación Social establecido por Real Decreto 1420/1991, de 30 de agosto.
- Real Decreto 1339/2007, de 11 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 168/2004, de 30 de enero, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia entre determinados títulos en materia de educación social y el título de Diplomado en Educación Social establecido por Real Decreto 1420/1991, de 30 de agosto.
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 30, 149
- Real Decreto 1420/1991, de 30 de agosto, </strong>por el que<strong> se establece el Titulo Universitario Oficial de diplomado en Educacion Social y las Directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la Obtencion de aquél.
- Ley Orgánica de Universidades (Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre) - Artículo 36