Orden ITC/3022/2007, de 10 de octubre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores de energía eléctrica, estáticos combinados, activa, clases A, B y C y reactiva, clases 2 y 3, a instalar en suministros de energía eléctrica hasta una potencia de 15 kW de activa que incorporan dispositivos de discriminación horaria y telegestión, en las fases de evaluación de la conformidad, verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.
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Orden ITC/3022/2007, de 10 de octubre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores de energía eléctrica, estáticos combinados, activa, clases A, B y C y reactiva, clases 2 y 3, a instalar en suministros de energía eléctrica hasta una potencia de 15 kW de activa que incorporan dispositivos de discriminación horaria y telegestión, en las fases de evaluación de la conformidad, verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre)
- Constitución Española de 1978 - Artículo 149
- REAL DECRETO 385/2002, de 26 de abril, </strong>por el que<strong> se modifica el Real Decreto 2018/1997, de 26 de diciembre, </strong>por el que se aprueba<strong> el Reglamento de puntos de medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica.
- REAL DECRETO 1433/2002, de 27 de diciembre, </strong>por el que<strong> se establecen los requisitos de medida en baja tensión de consumidores y centrales de producción en Régimen Especial.
- REAL DECRETO 1337/1999, de 31 de julio, </strong>por el que<strong> se regula la remisión de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información.