Orden por la que se autoriza en el comercio de exportación por vía marítima que el despacho de mercancías pueda efectuarse en Aduanas enclavadas en puertos distintos de aquellos por los que haya de verificarse el embarque, realizándose el transporte por vía terrestre en régimen de tránsito interior.

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Orden por la que se autoriza en el comercio de exportación por vía marítima que el despacho de mercancías pueda efectuarse en Aduanas enclavadas en puertos distintos de aquellos por los que haya de verificarse el embarque, realizándose el transporte por vía terrestre en régimen de tránsito interior.

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