STS 895/1996, 4 de Noviembre de 1996

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Frases clave


Los pronunciamientos del orden jurisdiccional penal no vinculan a la jurisdicción civil con la limitada excepción de la inexistencia del hecho del que la acción penal hubiera podido nacer (Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de octubre de 1990, entre otras muchas) que, no es el caso, según se desprende de los hechos probados.

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Extracto


STS 895/1996, 4 de Noviembre de 1996

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