STS 14/2008, 18 de Enero de 2008
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Resumen
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Frases clave
“ La doctrina de esta Sala Penal acerca de los requisitos que debe cumplir la motivación de las resoluciones judiciales que acuerdan la intervención de comunicaciones telefónicas aparece recogida en numerosas sentencias y es sobradamente conocida. En lo que se refiere a la fundamentación de la resolución judicial que acuerda la restricción del derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas, se ha señalado que es preciso que consten los indicios que ha tenido en cuenta el Juez para entender que se estaba cometiendo, se había cometido o se iba a cometer un delito grave y que la intervención de la línea telefónica de que se trate podría aportar elementos relevantes para la investigación o para la obtención de elementos probatorios. ”
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Extracto
STS 14/2008, 18 de Enero de 2008
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Documentos citados
- STC 138/2001, 18 de Junio de 2001
- Constitución Española de 1978 - Artículos 18, 24, 120, 124
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 3, 22, 72, 368, 369
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 238, 240, 241, 242
- STC 202/2001, 15 de Octubre de 2001