STS, 23 de Octubre de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ La jurisprudencia de esta Sala ha establecido en reiterados precedentes que la legalidad de una diligencia de entrada y registro no puede ser afirmada sobre la base de las declaraciones testificales de los Policías que intervinieron en la misma. En tal caso, es claro que esas declaraciones no pueden servir para desvirtuar lo que surge de la prueba documental, toda vez que se refieren a los propios actos del testigo y no a circunstancias que le son ajenas y que ha percibido por sus sentidos. ”
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Extracto
STS, 23 de Octubre de 1996
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 18, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 344, 546
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 11
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 550, 849
- STC 30/1981, 24 de Julio de 1981