STS, 23 de Octubre de 1996

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Resumen


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Frases clave


La jurisprudencia de esta Sala ha establecido en reiterados precedentes que la legalidad de una diligencia de entrada y registro no puede ser afirmada sobre la base de las declaraciones testificales de los Policías que intervinieron en la misma. En tal caso, es claro que esas declaraciones no pueden servir para desvirtuar lo que surge de la prueba documental, toda vez que se refieren a los propios actos del testigo y no a circunstancias que le son ajenas y que ha percibido por sus sentidos.

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Extracto


STS, 23 de Octubre de 1996

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