STS, 21 de Diciembre de 2001

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Frases clave


cuando aparece como sujeto de derechos y obligaciones en situación de igualdad con los particulares, se somete al derecho privado y es competente el orden civil, mientras que cuando actúa en el ejercicio de una función pública típicamente administrativa, esto es, como poder público, manifestando su voluntad a través de actos sujetos al Derecho administrativo, la competencia es del orden jurisdiccional contencioso-administrativo

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Extracto


STS, 21 de Diciembre de 2001

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