DECRETO 98/1986 de 17 de julio, por el que se dispone que durante la ausencia del Consejero de Presidencia y Administración Territorial se encargue del despacho de su Consejería el Consejero de Economía y Hacienda.
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DECRETO 98/1986 de 17 de julio, por el que se dispone que durante la ausencia del Consejero de Presidencia y Administración Territorial se encargue del despacho de su Consejería el Consejero de Economía y Hacienda.
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