DECRETO 65/1984, de 26 de julio, por el que se dispone que, durante la ausencia del Consejero de Bienestar Social, se encargue del despacho de su Consejería el Consejero de Educación y Cultura.

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DECRETO 65/1984, de 26 de julio, por el que se dispone que, durante la ausencia del Consejero de Bienestar Social, se encargue del despacho de su Consejería el Consejero de Educación y Cultura.

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