DECRETO 21/1988, de 8 de febrero, por el que se dispone que durante la ausencia del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, se encargue del despacho de su Consejería, el Consejero de Fomento.
›
Enlazado como:Extracto
DECRETO 21/1988, de 8 de febrero, por el que se dispone que durante la ausencia del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, se encargue del despacho de su Consejería, el Consejero de Fomento.
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento