Real Decreto 2582/1983, de 28 de Julio, por el que se dispensa del Requisito de Justificacion de Llegada a destino de Mercancias extranjeras en los Casos regulados en los articulos 95, 198, 203, 211 y 220 de las Ordenanzas de aduanas.
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Real Decreto 2582/1983, de 28 de Julio, por el que se dispensa del Requisito de Justificacion de Llegada a destino de Mercancias extranjeras en los Casos regulados en los articulos 95, 198, 203, 211 y 220 de las Ordenanzas de aduanas.
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