Orden de 11 de mayo de 1965 por la que se autoriza el disfrute del régimen temporal de automóviles en la Península e íslas Baleares durante un plazo de cuatro meses por año natural a las personas residentes en los territorios de Ceuta y Melilla que desarrollen actividades lucrativas o presten servicios personales en aquéllas.
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Orden de 11 de mayo de 1965 por la que se autoriza el disfrute del régimen temporal de automóviles en la Península e íslas Baleares durante un plazo de cuatro meses por año natural a las personas residentes en los territorios de Ceuta y Melilla que desarrollen actividades lucrativas o presten servicios personales en aquéllas.
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