STS, June 04, 2001
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“ "la exigencia de título puede constituir no sólo requisito inexcusable para la realización de una actividad profesional - en cuyo caso sólo se puede adquirir la categoría si se ostenta la titulación requerida- sino también impedimento para que puedan realizarse, aun accidentalmente, las funciones correspondientes, en cuanto la norma imperativa prohibe el ejercicio profesional sin la debida titulación y su violación puede ocasionar infracciones de otro orden" ”
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This document cites
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Article 403
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Article 39
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Articles 217, 226
- Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre)
- STS, February 08, 2000