STS, 21 de Octubre de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ En el supuesto que hoy enjuiciamos es evidente que la resolución que se recurrió en suplicación estaba dictada en una ejecución provisional, y en el cauce de su desarrollo, por lo que contra ella no cabía aquel recurso extraordinario, lo que implica que hoy deba anularse la sentencia recurrida y todas las actuaciones posteriores a la notificación del mencionado auto. ”
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Extracto
STS, 21 de Octubre de 1998
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