Orden por la que se determinan las facultades de las Aduanas en orden al análisis químico de las mercancías o a su reconocimiento tecnológico o de otra índole por los Laboratorios o Servicios Técnicos de la Dirección General del Ramo.
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Orden por la que se determinan las facultades de las Aduanas en orden al análisis químico de las mercancías o a su reconocimiento tecnológico o de otra índole por los Laboratorios o Servicios Técnicos de la Dirección General del Ramo.
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Afectaciones
DEROGA
- Orden de 18 de agosto de 1961 por la que se autoriza, previo cumplimiento de determinados requisitos, la salida de los recintos aduaneros de mercancias sujetas a análisis químico antes de conocer el resultado del mismo.
- Orden por la que se someten a análisis preceptivos los productos de las partidas 15.06, 15.07 y 15.10 del vigente Arancel de Aduanas.
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